¿Qué implica la presentación de una Iniciativa Privada (IP) en relación con la declaratoria de interés público?
La presentación de una Iniciativa Privada (IP) no otorga al Proponente Privado el derecho a que su proyecto sea aprobado, sino que simplemente indica un interés estatal por conocer la propuesta en mayor profundidad y detalle. Esto no implica ninguna responsabilidad posterior para la Entidad Delegante ni para la Secretaría de Inversiones Público-Privadas (SIPP) en el ámbito de la Administración Pública Central. La declaratoria de interés público es una prerrogativa estatal, ya que el desarrollo de proyectos públicos es una potestad discrecional de la Administración Pública