¿Por qué los fideicomisos mercantiles constituyen un mecanismo de transparencia, confianza y seguridad en el uso de los recursos de los proyectos APP?

Los proyectos APP se financian mediante el mecanismo de Project finance, a través de flujos que son ingresos que surgen de la relación contractual entre el gestor privado y el Estado por la prestación indirecta de servicios públicos en donde la principal fuente de repago y garantía de los financistas, que reduce el riesgo de irrecuperabilidad que ellos asumen.

En este contexto el fideicomiso mercantil en la ejecución de proyectos APP consiste en la contratación de una administradora de fondos que actuará como fiduciario, es decir, un tercero confiable y ajeno a las partes, privada y pública de un contrato APP, con el objetivo de garantizar que los recursos producto de la explotación del proyecto APP sean administrados eficientemente.

En el Ecuador esta figura opera bajo las disposiciones del Libro II del Código Orgánico Monetario y Financiero y al amparo del artículo 17 del libro II de la Ley APP; y, además debe contener la instrucción obligatoria e incondicional para el fiduciario que establezca la entrega de toda información, sin restricción alguna, que sea solicitada por el Ministerio de Economía y Finanzas o por la Entidad Delegante, así como las disposiciones de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos.

La Ley APP reconoce que los recursos generados en el desarrollo de un proyecto APP son de titularidad del Gestor Privado y constituyen una contraprestación por el cumplimiento de las obligaciones del Gestor Privado, conforme las obligaciones contenidas en el contrato APP.

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